viernes, 3 de febrero de 2012

Declaran veda temporal para pesca de langosta en Guatemala


Revista Summa- El MAGA estableció la prohibición temporal de pesca en sus diferentes modalidades de la langosta mediante el Acuerdo Ministerial 11-2012, publicado este día en el Diario de Centro América.

De acuerdo con la publicación, el período de veda para la captura de esa especie va del 1 de marzo al 30 de junio del 2012.

El área geográfica al que se aplica la restricción de pesca de langosta comprende las bahías de Amatique, de Santo Tomás de Castila, las desembocaduras del Río Dulce y del Río Sarstún. Las bahías La Graciosa y Santa Isabel, el canal Inglés, la zona marítima expuesta de Punta de Manabique, mar Caribe-océano Atlántico.

Según el MAGA, quienes incumplan con la prohibición serán sancionados.

En el caso de aparejos de pesca tendidos o plantados en el fondo para la captura de langosta que aparentemente no tengan propietario, serán levantados y decomisados al momento de la inspección.


La declaratoria de períodos de veda para la pesca de langosta es parte de los compromisos asumidos por el país en el 2009 en el marco de una Resolución de Ministros Competentes de las Actividades de la Pesca y la Acuicultura del Istmo Centroamericano, que busca ordenar la explotación y rehabilitación de la población de Langosta Espinosa del Caribe

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